Etapa04
Importación de muestras
Se entiende por muestras a las que, por su cantidad, peso, volumen u otras condiciones de presentación, indiquen sin lugar a dudas, que sólo pueden servir de muestras, para tal efecto se exigirá
la documentación o escrito libre ante la Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria (DGIF) del SENASICA en la que se manifieste dicha situación y se pueda comprobar inequívocamente que se trata de muestras.
Las muestras se podrán ingresar a territorio nacional siempre y cuando se cumpla con la hoja de requisitos de que se trate y se realice el pago de derechos conforme al artículo 86-A de la Ley Federal de Derechos vigente.
No se pagarán los derechos por el certificado para importación en los casos que señala el penúltimo
párrafo del artículo 86-A de la Ley Federal de Derechos vigente.
El escrito libre deberá indicar por lo menos la siguiente información:
-
Nombre, denominación o razón social de importador. Si es persona moral, presentar el testimonio, que acredite la personalidad jurídica del representante legal de la empresa.
-
En el caso de personas físicas, presentar identificación oficial con fotografía.
-
Domicilio.
-
Teléfono.
-
Correo electrónico.
-
Clave Única de Registro de Población (CURP) o número del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
-
Las razones o hechos que dan motivo a la petición y asunto.
-
Firma autógrafa del representante legal.
-
Descripción del producto.
-
Descripción del uso o consumo del producto.
-
Cantidad y justificación del uso de la cantidad a importar.
-
País de origen y de procedencia.
-
Responsable de la investigación.
-
Motivo o fin de la importación.
-
Documento de la empresa o institución que avale que se trata de muestras sin fines de comercialización, y
-
Punto de ingreso al país.