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Etapa04

Determinación de contaminantes y/o residuos tóxicos

Residuos tóxicos


Es la suma de compuestos presentes en cualquier porción comestible de productos animales, cuyo origen sea medicamentoso o por contaminación ambiental y que por estudios previos se ha determinado que puede constituir un riesgo a la salud pública si se consume por encima de niveles máximos de residuos.

De conformidad con la Ley Federal de Sanidad Animal y el programa nacional de control y monitoreo de residuos tóxicos en bienes de origen animal, recursos acuícolas y pesqueros cuando se detecten mercancías con riesgos para la salud humana, o aquellas de origen mexicano retornadas por rechazo de otro país por evidencia de contaminantes físicos, químicos o microbiológicos, por alertas de países u organismos internacionales, o plaga que pudiera afectar la salud humana se tomarán las medidas cuarentenarias necesarias según lo indique la normatividad aplicable vigente.

Las mercancías pueden estar sujetas a un análisis de residuos tóxicos en el punto de entrada al país, o bien en el establecimiento TIF. Estos análisis toxicológicos son aleatorios de acuerdo al examen que determine VUCEM y al tipo de mercancía. México tiene diferentes rangos permitidos de límites máximos de residuos tóxicos, es importante revisar la tabla de tolerancia ya que en algunos casos la tolerancia es CERO.

 

La tabla de límites máximos de residuos es publicada en el portal del SENASICA en el siguiente link:

https://www.gob.mx/senasica/documentos/limites-maximos-de-residuos-toxicos-y-contaminantes

Si la mercancía es sujeta a dicho análisis y saliera positivo, el cargamento no será liberado hasta la evaluación del personal de la COFEPRIS local y la emisión del dictamen correspondiente. Si se encuentra en una planta TIF, el veterinario autorizado realizará el dictamen correspondiente:

  • Se le informará a las oficinas centrales del SENASICA.

  • SENASICA informará que ha sobrepasado los límites máximos en la carga, lo que significa que la planta, frigorífico o exportador según sea el caso, tendrá el primer rechazo ó strike. Es importante mencionar que con dos rechazos significa que la planta se quitará de las listas autorizadas de SENASICA y FSIS.

  • SENASICA notificará a USDA.

  • USDA notificará a la planta.

Una vez notificado el exportador, debe enviar una carta con lo que la autoridad le solicite, como por ejemplo:

- Debe responder dentro del plazo indicado por SENASICA.

- Explicar el origen del problema.

- Debe indicar las medidas de corrección y de prevención.

- Debe señalar cómo se garantizará que no vuelva a suceder y que el producto será libre de antibióticos.

- Debe enviarse en idioma Español.

Una vez que SENASICA ha notificado, todos los embarques del mismo producto y planta serán sujetos al análisis de resiudos tóxicos , y serán detenidos en el punto de entrada de acuerdo a la NOM-030-ZOO-1995 Especificaciones y procedimientos para la verificación de carne, canales, vísceras y despojos de importación en puntos de verificación zoosanitaria.

En el caso de que el producto de una planta específica resulte con niveles de residuos tóxicos por arriba de los límites establecidos en la NOM-004-ZOO-1994, se notificará a la Secretaría de Salud para que proceda de acuerdo a sus atribuciones, al siguiente embarque procedente de la misma planta, el producto será retenido hasta un máximo de 30 días naturales en el punto de entrada al país, hasta tener los resultados del laboratorio de pruebas con relación al mismo residuo y el dictamen sea satisfactorio, en este caso, se procederá a su liberación; de no ser así, se rechazará el producto y se cancelará la aprobación de la planta de origen.


Si desea conocer más sobre el programa nacional de control y monitoreo de residuos tóxicos en bienes de origen animal, recursos acuícolas y pesqueros puede dar click en el siguiente link:

https://www.gob.mx/senasica/documentos/programas-nacionales-de-control-y-monitoreo-de-residuos-toxicos-120914

Si desea conocer la lista de compuestos sujetos a monitoreo/muestreo por parte de la autoridad sanitaria puede dar click en el siguiente link:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/510702/Lista_de_compuestos_sujetos_a_monitoreo.pdf

 

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