top of page
NebraskaColor.png
LogoNuevoColor.png

Etapa05

Usuario Confiable y Establecimiento Tipo Inspección Federal (UCON y TIF)

Usuario confiable (UCON)

 

Acuerdo por el que se establece la contraseña de calidad zoosanitaria para los usuarios confiables en la importación, para conocer el acuerdo completo, puede hacer click en el siguiente link:


http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5144542&fecha=28/05/2010


La UCON es la contraseña que se otorga a los usuarios confiables (empresas establecidas en México quienes importan la mercancía a México) para agilizar el proceso en la importación de carne, canales, vísceras y despojos. La inscripción es de manera voluntaria.


La pueden obtener aquellos importadores cuyos embarques tienen como destino final un establecimiento Tipo Inspección Federal (TIF), en el cual el Médico Veterinario Oficial, Médico Veterinario Responsable Autorizado o Tercero Especialista Autorizado, realizará la verificación e inspección de carne, canales, vísceras y despojos, que se hayan importado con la contraseña, de acuerdo a lo establecido en las disposiciones de sanidad animal aplicables.


Con esta contraseña se reducen los tiempos de inspección y se agiliza la liberación de los embarques de importación con destino a un establecimiento Tipo Inspección Federal (TIF) en el punto de ingreso, con la finalidad de garantizar la sanidad, inocuidad y trazabilidad del producto mediante el cierre sistematizado del trámite con un dispositivo de radio frecuencia, con el cual podrá consolidarse el Sistema de Trazabilidad en su componente de importaciones.


Pueden adquirir la contraseña UCON todos aquellos importadores que destinen sus embarques de importación a un establecimiento TIF, en donde el Médico Veterinario Oficial y/o Tercero Especialista Autorizado, realizará la verificación e inspección de carne, canales, vísceras y despojos de acuerdo al procedimiento establecido en la NOM-030-ZOO-1995, para conocer más sobre la contraseña UCON puede dar click en el siguiente link:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/555400/GUIA_UCON_2020__2_.pdf

Procedimiento para la verificación, inspección y certificación de cargamentos que cuentan con la contraseña de calidad zoosanitaria para los UCON en la importación.


La importación bajo este esquema se realiza de manera no convencional, ya que en el recinto fiscal se realiza la revisión documental emitiendo el certificado zoosanitario para importación, liberándose la mercancía para su traslado al establecimiento TIF en donde se inspeccionará físicamente.


Tiene una vigencia de un año y podrá prorrogarse cada año por un plazo igual, previa solicitud del importador a través de un escrito libre dirigido al Director General de Inspección Fitozoosanitaria, que deberá presentar un mes antes de que expire dicha vigencia.

 

El contenedor NO se colocará en el andén de descarga, este se flejará en el patio de maniobras del PVIZI y el personal del SENASICA que se encuentra en el punto de ingreso anotará el número de los flejes en el certificado zoosanitario internacional.


El Médico UCON oficial (TEA o MVRATIF) del establecimiento TIF de destino, consultará el trámite a través de la VUCEM.


En caso de contingencia por fallas en el sistema de la VDMCE, la liberación de la mercancía en punto de ingreso se hará bajo las siguientes opciones cuando la inspección física sea en el establecimiento TIF de destino:


a) Oficio de resolución de revisión documental de la VUCEM, el cual deberá llevar sello y firma de la dependencia y la leyenda: “El presente documento se expide en la fase de contingencia de la Ventanilla Digital, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación está sujeta a regulación por parte de la SADER, a través del SENASICA, publicado en el D.O.F. el 26 de diciembre del 2020 y subsecuentes modificaciones, es válido para hacer constar el cumplimiento a lo señalado en el citado Acuerdo y demás disposiciones legales aplicables”.

b) A través del sistema alternativo.

Revisión documental.

La revisión documental se realizará de manera normal por el personal de la OISA en punto
de ingreso.

Inspección física

1. El Médico UCON oficial, TEA o MVRATIF del establecimiento TIF de destino, podrá requerir al establecimiento TIF, el formato de registro de ingreso de embarques, para verificar que estos lleguen flejados, solicitando al conductor del embarque la documentación correspondiente al cargamento.


2. El transporte se posicionará en la rampa del andén correspondiente para su desconsolidación, donde se revisará:


a. Identificación del transporte.
b. Fleje.
c. Número de caja o contenedor.
d. Temperatura del Termo King.

3. Una vez cotejados estos datos se procederá a retirar los flejes y abrir el transporte, para verificar que la mercancía coincida con lo que se marca en la documentación, se revisará que el transporte se encuentre limpio y que los combos, canales o cajas estén en orden y no haya contacto directo del producto con el piso o paredes del transporte para proceder a su desconsolidación.


4. La inspección y muestreo de la mercancía se realizará conforme a lo establecido en la NOM-030-ZOO-1995 “Especificaciones y procedimientos para la verificación de carne, canales, vísceras y despojos de importación”.


5. Una vez concluida la inspección se procederá a firmar y sellar el Anexo 4 “Guía de inspección de productos cárnicos” por el médico que realiza la inspección.

Dictamen de la inspección

Si derivado de la verificación del embarque se cumple con la inspección física, la mercancía podrá ser liberada para su proceso. En caso de que en la inspección física se detecten incumplimientos normativos, se procederá a levantar un acta de hechos y el oficio de notificación, pudiendo ordenar las siguientes medidas zoosanitarias de acuerdo con el Artículo 45 de la LFSA y 72 del R-LFSA: retorno al país de origen o procedencia o destrucción, o el envío a una planta de rendimiento o beneficio. En estos casos levantará el acta de retención, retorno y/o acta de destrucción. El personal oficial, el TEA o el MVRATIF, constatarán que se haya realizado el retorno, envío a una planta de rendimiento o la destrucción del embarque, según corresponda.

Certificación

La certificación de las mercancías para su importación se realizó por el personal oficial en el punto de ingreso a México. Cuando se hayan liberado trámites en este esquema en contingencia por fallas del sistema cuando se restablezca el sistema se deberá emitir el dictamen y el certificado se enviará vía electrónica a la planta TIF de destino.

 

Procedimiento para convertirse en UCON:


Presentar escrito libre dirigido al Dr. Jorge Luis Leyva Vázquez, Director General de Inspección Fitozoosanitaria, en la dirección: Insurgentes Sur 489, Hipódromo, Ciudad de México, México; el cual deberá incluir la siguiente información:

a) Nombre, denominación o razón social del importador y/o Representante Legal.


b) Registro Federal de Contribuyentes del importador y domicilio.


c) Domicilio, correo electrónico, teléfono y personas autorizadas para oír y recibir notificaciones.


d) CURP del importador o representante legal.


e) Nombre del Agente Aduanal.


f) Nombre de los Puntos de Verificación e Inspección Zoosanitaria para Importación y Aduana, por donde ingresan sus embarques de importación.


g) Relación de establecimientos TIF de destino (nombre, dirección, teléfono y tipo de actividad).

h) Horario en que se reciben los embarques de importación y promedio de embarques por día, por cada establecimiento TIF de destino.


i) Momento y lugar donde se realizará la inspección y toma de muestras de los embarques de importación.


j) Nombre del (de los) Médico(s) Veterinario(s) Responsable(s) Autorizado(s) en el área de Establecimientos Tipo Inspección Federal (MVRATIF) y los médicos oficiales, adscritos en el establecimiento TIF de destino, quienes deberán contar con e. firma (antes FIEL) vigente; y de los cuales se anexará la información siguiente: Nombre completo, fecha de nacimiento, RFC, número de cédula profesional, número de credencial INE, correo electrónico, clave de autorización y teléfono móvil.

 

Además, se deberá adjuntar la siguiente documentación:

 

  • Anexar original o copia certificada de la constitución de la razón social.

  • Original o copia certificada del poder notarial con que acredite su personalidad.

  • Manual de procedimientos que se implementará en el establecimiento TIF de destino.

  • Copia de la constancia emitida por la Dirección General de Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera, en donde se otorga la clave de registro del Médico Veterinario Responsable Autorizado.

  • Carta responsiva del permiso de acceso a la información de la aplicación Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior, requisitada por los MVRATIF y personal oficial, en original.

Ventajas de ser UCON

 

  • Reconocer a aquellos usuarios que han actuado con responsabilidad y compromiso en la importación de mercancías de origen animal.

  • Cumplir con estándares de sanidad e inocuidad, para proteger el patrimonio agropecuario y la salud de los consumidores.

  • Reducción de los tiempos de inspección.

  • Agilizar en el punto de ingreso la liberación de los embarques de importación con destino a un establecimiento Tipo Inspección Federal (TIF).

  • Prestigio y seguridad sanitaria para el Usuario Confiable y sus clientes.

El trámite es gratuito.


Para dudas y más información respecto al programa UCON puede comunicarse vía telefónica a las oficinas centrales del SENASICA al: 52+ (55) 59-05-1000 Extensiones 51165, 51120 o 51159.

Establecimiento tipo inspección federal (TIF)

Tienen el propósito de obtener productos de óptima calidad higiénico-sanitaria con reconocimiento internacional. Un establecimiento TIF es una instalación de sacrificio de animales de abasto, frigoríficos e industrializadores de productos y subproductos cárnicos que es objeto de inspecciones sanitarias permanentes por parte del SENASICA para verificar que el lugar y los procesos realizados, cumplan con las regulaciones que señala la SADER, en virtud de la inocuidad de los alimentos.

El sistema TIF minimiza el riesgo de que los productos y subproductos cárnicos puedan representar una fuente de zoonosis o de diseminación de enfermedades a otros animales, disminuyendo la afectación a la salud pública, la salud animal, la economía y el abasto nacional. Esta certificación trae consigo una serie de beneficios a la industria cárnica porque facilita la movilización dentro del país. Del mismo modo, abre la posibilidad del comercio internacional, ya que los establecimientos TIF son los únicos elegibles para exportar.


Para poder ser un usuario confiable UCON, la mercancía que se importe deberá tener como destino (para la inspección física) un establecimiento TIF, de esta manera dicha inspección no se realiza en el punto de entrada al país sino después en territorio nacional en el establecimiento TIF lo que hace que el proceso de importación sea más ágil.


Procedimiento para convertirse en un establecimiento TIF:


Se deberá elaborar un escrito libre dirigido a la Dirección General de Inocuidad Agroalimentaria,
Acuícola y Pesquera del
SENASICA, el cual debe de contener:


• Nombre o razón social.
• Domicilio del interesado.
• Número de teléfono y en su caso de fax.
• Correo electrónico, en su caso.
• Número del Registro Federal de Contribuyentes (
RFC) o Clave Única de Registro de Población (CURP).
• Firmado por el interesado o por el representante legal.
• Señalar la petición que se formula, los hechos o razones que dan motivo a la petición, el órgano administrativo a que se dirige y lugar y fecha de su emisión. Y anexar los documentos que se solicitan en el siguiente link:


https://www.gob.mx/tramites/ficha/certificacion-tif/SENASICA4999


Para dudas y más información respecto a los establecimientos TIF puede comunicarse vía telefónica a las oficinas centrales del SENASICA al: 52+ (55) 59-05-1000 Extensiones 51541 Y 51538.

bottom of page