Etapa04
Proceso de inspección de la autoridad aduanera (sat)
Para el inicio de este proceso se entiende que el transporte con las mercancías ya fue presentado previamente ante el módulo de selección automatizada.
a) Desaduanamiento libre (semáforo verde)
Es el resultado del proceso de selección automatizada que permite el paso de la mercancía, sin revisión, es decir, una vez que el transportista presente el pedimento en el área de módulos y el pedimento haya sido escaneado y haya resultado “desaduanamiento libre” el transportista se tendrá que dirigir hacia el módulo de salida de la aduana que corresponda para seguir el camino hacia su destino final.
b) Reconocimiento aduanero (semáforo rojo).
Una vez que el transportista presente el pedimento en el área de los módulos de selección automatizada y el pedimento haya sido escaneado y haya resultado “reconocimiento aduanero” se tendrá que dirigir al área o plataforma designada y estacionarse en uno de los carriles para comenzar con el reconocimiento por parte del verificador asignado por el Sistema Automatizado Aduanero Integral (SAAI) del SAT.
1. El verificador visualiza y obtiene el número de documento aduanero sujetos a reconocimiento aduanero mediante el sistema SIREM (sistema de reconocimiento aduanero).
2. El verificador realiza la búsqueda del documento aduanero en la consulta remota (sistema interno).
3. El verificador realiza la revisión de documento aduanero, logrando constatar la información de los reconocimientos contenida en los mismos.
4. El verificador inspecciona físicamente la mercancía.
5. El verificador identifica si se trata de mercancía de difícil identificación, de ser este el caso continuara con el proceso, de lo contrario continuara con el numeral 6.
5.1. El verificador solicita apoyo a UTAM (área de apoyo para la toma de muestras).
5.2. Inicia proceso de muestreo de mercancía en aduana fronteriza.
6. Si el verificador detecta alguna irregularidad durante el reconocimiento aduanero, de ser ese el caso continúa con el proceso, en caso contrario se dirigirá al punto 7.
6.1. El verificador informa al jefe inmediato de la irregularidad detectada y se determina que procede la incidencia.
6.2. El verificador marca en el sistema SIREM la incidencia detectada.
6.3. Si el verificador encuadra su incidencia detectada en una incidencia simple y continua con el proceso en caso contrario, continua con el proceso 6.4.
6.3.1. El verificador realiza el acta de hechos circunstanciada.
6.3.2. Inicia proceso de solventación de incidencia simple en reconocimiento aduanero.
6.4 El verificador encuadra su incidencia detectada en una incidencia grave.
6.5 El verificador elabora el acta circunstanciada de hechos y retención de la mercancía y turna la documentación al área legal.
6.6 Continúa con el subproceso de área legal.
7. El verificador determina si solicita apoyo de rayos gamma, de ser así continua con el proceso, en caso contrario continuara con el punto 8.
7.1. El verificador entrega una copia del documento aduanero al operador de transporte.
7.2. El verificador indica al operador que se dirija al módulo de rayos gamma a realizar el escaneo de la mercancía.
7.3. El operador de rayos gamma escanea el vehículo enviado por el verificador de plataforma de importación.
7.4. El operador de rayos gamma analiza la imagen y avisa al verificador para que revise la imagen.
7.5. El verificador, del análisis a la imagen realizada por el operador de rayos gamma y de la revisión que el realizo, determina alguna irregularidad y continua con el proceso, en caso de no encontrar irregularidad alguna continua con el proceso del punto 9.
7.5.1. El verificador inspecciona físicamente la mercancía, tratando de identificar la irregularidad que se observó en la imagen y continúa con el proceso del punto 6.1.
8. El verificador determina si solicita apoyo de inspección no intrusiva RNI, de ser este el caso continúa con el proceso, en caso contrario se dirige al punto 9.
8.1. Inicia el proceso de revisión con rayos x (RNI) en la importación en aduana fronteriza.
9. El verificador realiza la certificación y liberación del documento aduanero y del medio de transporte.
10. Inicia el proceso de operación de módulo de salida del recinto fiscal en aduana fronteriza.