La mercancía (carne de origen avícola) que se embarque para ser importada en México deberá regirse bajo la NOM-030-ZOO-1995, por lo que atendiendo a esta disposición es importante que la mercancía cumpla con los siguientes puntos:
​
-
Las cajas o empaques en las que esté contenida la mercancía deberán ser nuevas.
-
Las cajas o empaques deben estar acomodadas y flejadas de tal manera que durante su transporte no se muevan, se volteen o se rompan.
-
Asegurarse que lo que se está enviando físicamente corresponde con los documentos enviados.
-
Dar el debido paletizado y acomodo de la mercancía principalmente por seguridad, así como para tener una fácil y ágil desconsolidación e inspección física por parte de la autoridad.
-
La autoridad sanitaria en México inspecciona el 100% de las mercancías a importar por lo que es elemental que cada una de las cajas se encuentre debidamente acomodada, limpia, cerrada, ordenada, y con la información de la etiqueta totalmente visible y legible.
-
Que las etiquetas sean de un material resistente y durable con el pegamento suficiente para soportar el movimiento y manejo de las cajas, así como soportar la temperatura y humedad del contenedor.
-
Revisar exhaustivamente el vehículo, caja o contenedor con la finalidad de verificar que se encuentre totalmente limpio y desinfectado previamente al embarque de la mercancía, así como identificar y marcar posibles daños.
-
Verificar que la temperatura sea la adecuada dependiendo de la presentación de la mercancía (fresca o congelada). La temperatura para producto congelado y refrigerado son los siguientes de conformidad con la NOM-030-ZOO-1995 en sus puntos 3.20 y 3.22. Congelado: Es aquel que, en su proceso inicial, es sometido a una temperatura de -18°C o inferior, durante el período necesario para que el centro térmico baje a -18°C o menos. Refrigerado: Es aquel que, en su proceso inicial es sometido a un enfriamiento de +4°C a 17°C.
-
Declarar en el certificado sanitario de origen emitido por FSIS la fecha de sacrificio de los animales día por día y no por periodos, es decir, por ejemplo: enero 1,2,3,4 y 5 y no declararlo de manera agrupada o por lapsos enero 1-5.
-
La firma del personal oficial de FSIS quien firma el certificado sanitario de origen deberá firmar con un bolígrafo de tinta de color distinta al negro.
https://www.fsis.usda.gov/sites/default/files/media_file/2020-07/9000.1.pdf (​Página 10)
-
Todos los certificados y cartas de membrete deben ser a máquina/computadora, documentos escritos a mano no serán aceptados. Las entradas manuscritas permitidas en los documentos de exportación son la fecha de la firma y la firma, el nombre y el cargo de los funcionarios certificadores. Los bloques 6, 18 y 19 del formulario FSIS 9060-5 se pueden escribir a máquina o a mano.
-
Si los números de lotes son varios y/o muy largos y no caben en el área del certificado sanitario de origen se deberá utilizar un segundo o tercer certificado.
-
Verificar con el Agente Aduanal que en la factura comercial o traducción de factura la cantidad de mercancía se especifique en la unidad de medida de comercialización en kilogramos y no en libras.
-
Corroborar que el candado o sello que se declara en el certificado sanitario de origen coincida con el que físicamente se coloca en el transporte.
-
En las etiquetas declarar las fechas de empaque, sacrificio y vencimiento en el formado de día/mes/año.
-
Asegurarse que la planta esté autorizada por SENASICA y se encuentre vigente.
-
Queda prohibido ingresar a México producto congelado o refrigerado contenido en empaques primarios que a su vez estén contenidos en un empaque secundario que no permita la verificación del etiquetado de cada uno de los empaques primarios.
-
Las etiquetas no deberán estar adheridas sobre el emplayado o plástico que cubre las cajas.
-
Es importante que se le envíe al Agente Aduanal previo al envío de las mercancías el soporte fotográfico de la carga y de las etiquetas, así como el certificado sanitario de origen para asegurarse que todo está correcto.
-
Evitar rayar y/o realizar tachones con marcador en las cajas, ya que se puede presumir que se altera la información.
-
Cuando se solicite un reemplazo de certificado sanitario de origen se tendrán que entregar todos los duplicados.
-
Evitar plasmar o adherir diferentes sellos e información distinta a la de las mercancías.
-
"Mantener refrigerado" o "Mantener congelado", según corresponda (español/inglés). México no permite los productos etiquetados como "Mantener refrigerado" y "Mantener congelado". NOTA: Además de los requisitos para la etiqueta del contenedor de envío, se permitirá "Mantener refrigerado o congelado" como una declaración impresa en la caja misma.