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Padrón de importadores

Una de las obligaciones a cargo de aquellas personas físicas o morales que deseen introducir mercancías a México, es la inscripción en el padrón de importadores; para ello, es necesario estar al corriente en sus obligaciones fiscales y acreditar ante la autoridad aduanera que se está inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

La inscripción al Padrón de Importadores lo deben hacer los importadores mexicanos, es un trámite sencillo y gratuito, que se realiza mediante el llenado de una solicitud electrónica dentro del portal del SAT.

Para inscribirse en el padrón de importadores es necesario lo siguiente:

 

  • Estar inscrito y activo en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

  • Registrar en el formato electrónico a los Agentes Aduanales que realizarán las operaciones de comercio exterior, en el cumplimiento a la obligación prevista en el artículo 59, fracción III, segundo párrafo de la Ley Aduanera.

  • Contar con e.firma (antes FIEL).

  • El domicilio fiscal y el contribuyente deben estar localizados o en proceso de verificación.

  • El estatus del buzón tributario debe encontrarse como “Validado”.

  • El SAT da a conocer los resultados de las solicitudes a través de su sitio web, con el uso de la e.firma (antes FIEL) o contraseña. Para cualquier aclaración, puede solicitarla mediante el mismo portal y en caso de que su solicitud haya sido rechazada, podrá generarla nuevamente, corrigiendo las inconsistencias que observó el personal del SAT.
     

SAT Cómo registrarte en el padrón de importadores:

http://omawww.sat.gob.mx/PadronImportadoresExportadores/Paginas/pi_inscripcion.html

MANUAL para la inscripción al padrón:

http://omawww.sat.gob.mx/PadronImportadoresExportadores/Paginas/documentos/02Manual_Inscripcion_al_PI_VF.pdf

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