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Padrón de importadores

Una de las obligaciones a cargo de aquellas personas físicas o morales que deseen introducir mercancías a México, es la inscripción en el padrón de importadores; para ello, es necesario estar al corriente en sus obligaciones fiscales y acreditar ante la autoridad aduanera que se está inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

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La inscripción al Padrón de Importadores lo deben hacer los importadores mexicanos, es un trámite sencillo y gratuito, que se realiza mediante el llenado de una solicitud electrónica dentro del portal del SAT.

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Para inscribirse en el padrón de importadores es necesario lo siguiente:

 

  • Estar inscrito y activo en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

  • Registrar en el formato electrónico a los Agentes Aduanales que realizarán las operaciones de comercio exterior, en el cumplimiento a la obligación prevista en el artículo 59, fracción III, segundo párrafo de la Ley Aduanera.

  • Contar con e.firma.

  • El domicilio fiscal y el contribuyente deben estar localizados o en proceso de verificación.

  • El estatus del buzón tributario debe encontrarse como “Validado”.

  • El SAT da a conocer los resultados de las solicitudes a través de su sitio web, con el uso de la e.firma o contraseña. Para cualquier aclaración, puede solicitarla mediante el mismo portal y en caso de que su solicitud haya sido rechazada, podrá generarla nuevamente, corrigiendo las inconsistencias que observó el personal del SAT.
     

SAT Cómo registrarte en el padrón de importadores:

http://omawww.sat.gob.mx/PadronImportadoresExportadores/Paginas/pi_inscripcion.html

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MANUAL para la inscripción al padrón:

http://omawww.sat.gob.mx/PadronImportadoresExportadores/Paginas/documentos/02Manual_Inscripcion_al_PI_VF.pdf

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