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Aves de hasta tres días de nacidos

Las aves de hasta tres días de nacidos, requieren de extremo cuidado para su transportación por lo que la temperatura y ventilación juegan un papel muy importante en el manejo para su debida exportación/importación y requieren de una liberación ágil y rápida por parte de las distintas autoridades que intervienen en su inspección. Normalmente estas aves son importadas a México con la finalidad de reproducirlas. 

a)     Agencias, entidades y programas:

 

APHIS (Servicio de Inspección de Salud Animal y Vegetal) Agencia del USDA

 

Es una agencia cuya misión incluye proteger y promover la salud agrícola de los Estados Unidos de Norteamérica.

  • Regula los organismos genéticamente modificados.

  • Administra la Ley de Bienestar Animal.

  • Lleva a cabo actividades de gestión de daños de la vida silvestre.

  • Realiza actividades para reducir el riesgo de enfermedades en las granjas de gallinas ponedoras.

  • Administra el Plan Nacional de Mejoramiento Avícola (NPIP), el cual certifica que las parvadas de aves de reproducción y criaderos de aves estén libres de ciertas enfermedades. (Es muy importante que las granjas, unidades de producción y plantas incubadoras que envían aves de hasta tres días de nacidos dentro de un estado o a nivel internacional participen de este programa).

  • Expide el certificado zoosanitario de origen para exportación para aves de hasta tres días de nacidos hacia México.

Si desea conocer el formato del certificado zoosanitario de origen para exportación de aves de hasta tres días de nacidos puede hacer click en el siguiente link:

https://www.aphis.usda.gov/regulations/vs/iregs/animals/downloads/mx-3-day-final.pdf

 

Medidas de seguridad utilizadas por los oficiales del APHIS para emitir y endosar el certificado zoosanitario de origen para exportación:

1. Responsabilidad de APHIS/ Servicios Veterinarios.

Servicios Veterinarios/APHIS elabora y crea los certificados sanitarios generados por computadora y subsecuentemente los publica en el internet para su uso por los Veterinarios Acreditados del USDA.

 

2. Responsabilidad de los Veterinarios Acreditados del USDA.
 

El veterinario acreditado del USDA tiene la responsabilidad de inspeccionar a los animales, germoplasma, aves, o bien huevos a exportar, obteniendo muestras para las pruebas de laboratorio (si se requieren), así como certificar que las condiciones de salud requeridas por el país de destino (México) se han cumplido. El veterinario acreditado obtendrá el certificado sanitario y completará las certificaciones requeridas, así como la información de las pruebas.

 

3. Oficina del veterinario federal de área (AVIC) a cargo.
 

El certificado sanitario es recibido por la oficina del AVIC donde se llevan a cabo los siguientes procedimientos de verificación:

 

3a. Revisión del certificado sanitario por el examinador del documento de exportación o la persona designada

 

a) Que el certificado sanitario esté completo.

 

b) Que el veterinario que lo emite es un veterinario acreditado del USDA.

 

c) Que todos los documentos y las pruebas de laboratorio cumplen con los requisitos tanto del país importador como del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de Norteamérica.

 

d) Que el laboratorio utilizado para efectuar las pruebas es un laboratorio aprobado.

 

e) Que los resultados de las pruebas son originales, copias al carbón o enviadas por el laboratorio a la oficina del AVIC en el estado.

 

Una vez que esta revisión se completa, se asigna un número único al certificado de salud que se coloca en la parte superior derecha de cada página. Es obligatorio usar el formato siguiente al asignar el número único: los dos primeros caracteres son letras que corresponden a la abreviación postal del estado en donde se localiza la oficina de área, los dos caracteres siguientes son números que representan los dos últimos dígitos del año fiscal actual, y los caracteres remanentes son los números asignados del certificado sanitario, otorgados en orden secuencial. Para el estado de Texas, solamente se usa una letra, la "T". Un ejemplo para el estado de Ohio: OH-13001.

El certificado sanitario se revisa en cuanto a lo siguiente:

3b. Revisión del veterinario federal que endosa.

El Veterinario de la oficina federal de área que efectúa la certificación para la exportación revisa el IHC, que no le falta nada en lo que corresponde a su integridad y verifica que el veterinario expedidor sea acreditado, que se hayan hecho las pruebas requeridas y que todos los requisitos del país importador se hayan cumplido.

4. Aplicación del sello en relieve.

Después de la firma, el certificado es sellado con un sello en relieve del USDA, el cual se aplica tanto sobre el número de certificado de cada página como sobre la firma del veterinario federal. Esto se efectúa para evitar alterar cualquier página del certificado.

En lo relativo al certificado, el endoso del veterinario federal debe estar en un color de tinta diferente (azul) al de la letra del documento y con un sello de relieve del USDA para evitar la alteración indebida.

5. Mantener los registros en la oficina federal de área (AVIC).

Se cuenta con dos copias de cada certificado sanitario. El original se proporciona al exportador y las copias se conservan en la oficina de área. Una copia se archiva de acuerdo con el manejo de registros y la otra de acuerdo con el que manejo de las cuentas al usuario para propósitos de auditoría, por tres años.

Se aceptan firmas electrónicas de veterinarios acreditados para todos los certificados de animales vivos que provienen de los Estados Unidos de Norteamérica, incluidos los pollitos de hasta tres días de nacidos.

Para más información visite el siguiente link:

https://www.aphis.usda.gov/aphis/ourfocus/animalhealth/export/international-standard-setting-activities-oie/regionalization/sa_by_country/sa_m/ct_animal_mexico

 

 

Aves de hasta tres días de nacidos y los actores involucrados

Programas, planes o leyes que le aplican al huevo para plato

b)     Normas, leyes y reglas que se deberán tomar en cuenta

 

NPIP: Plan Nacional de Mejoramiento Avícola

Es un programa voluntario estatal y federal a través del cual la nueva tecnología de diagnóstico se puede aplicar de manera efectiva a la mejora de las aves de corral y los productos avícolas en todo el país.

El gobierno federal a través de APHIS supervisa el NPIP, sin embargo, una agencia a nivel estatal administra el programa de certificación para cada estado. La agencia que administra la certificación NPIP es normalmente el Departamento de Agricultura de ese estado o una división de este.

El NPIP certifica que las parvadas se encuentran en lugares seguros y cuentan con estricta bioseguridad y monitoreo.

Para que de acuerdo al estado en el que se encuentre la granja, unidad de producción y/o planta incubadora remitan al interesado con un agente estatal oficial y le brinde la información específica necesaria para poder convertirse/certificarse en participante del plan y ubicar el estado al que pertenece dependiendo su ubicación puede hacer click en el siguiente link: http://www.poultryimprovement.org/statesContent.cfm

Si desea obtener más información respecto al NPIP puede llamar al siguiente teléfono o acudir a la siguiente dirección: 1506 Klondike Rd. Suite 101 Conyers, Georgia 30094 Teléfono: 770-922-3496 Fax: 770-922-3498.

 

Programa Defendiendo la parvada (Defend the Flock)

A través del programa educativo gratuito “Defendiendo la Parvada”, APHIS está alentando y preparando a todos los propietarios de aves de corral, incluidos los criadores de traspatio y a los avicultores que participan en talleres y ferias para mantener prácticas de bioseguridad en todo momento. La bioseguridad es la clave para mantener saludables las aves de corral.

Si desea conocer más sobre el programa Defendiendo a la Parvada puede hacer click en el siguiente link:  https://www.aphis.usda.gov/aphis/ourfocus/animalhealth/animal-disease-information/avian/defend-the-flock-program

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